El marco normativo aplicable a la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos a motor está compuesto por las siguientes disposiciones específicas:
1º.- Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a motor. Deroga el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto 632/1968, de 21 de marzo, cuyo Título I "Ordenación Civil" fue redactado por la Disposición Adicional Octava de la Ley de Ordenación y Supervisión de los seguros privados, que entró en vigor el día 10 de noviembre de 1995.
En la Disposición Transitoria Única del Texto Refundido LRCSCVM se acuerda la subsistencia de las cuantías indemnizatorias actualizadas de las tablas I a V del anexo "Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación", de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, incorporado por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre.
2º.- RD 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, que ha venido a derogar el anterior RD 7/2001, de 12 de enero, por el que se aprobó el Reglamento de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, así como el RD 299/2004, de 20 de febrero, por el que se modificó el anterior.
3º.- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por Ley 19/2001, de 19 de noviembre y por la Ley 17/2005, de 19 de julio.
4º.- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
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Ha de hacerse también referencia a las disposiciones generales que inciden en la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos a motor:
1º.- Constitución Española: art. 149.1.21ª que declara la competencia exclusiva del Estado sobre tráfico y circulación de vehículos a motor.
2º.- Código Civil: normas generales sobre obligaciones (arts. 1088 , 1089 , 1090 , 1092 , 1101 , 1103 , 1104 , 1105 , 1106 , 1107 y 1108), sobre obligaciones que nacen de culpa o negligencia (arts. 1902 , 1903 , 1904 y 1905) y sobre prescripción de acciones (arts. 1968.2º , 1969 y 1973).
3º.- Código Penal: arts. 109 a 126 y 244.
4º.- Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato del Seguro.
5º.- Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros.
Por último, también han de tenerse en cuenta las actualizaciones anuales de las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que se acuerdan mediante Resolución de la Dirección General de Seguros:
- Año 1997: Resolución de 13 de marzo de 1997.
- Año 1998: Resolución de 24 de febrero de 1998.
- Año 1999:. Resolución de 22 de febrero de 1999.
- Año 2000: Resolución de 2 de marzo de 2000.
- Año 2001: Resolución de 30 de enero de 2001.
- Año 2002:. Resolución de 21 de enero de 2002.
- Año 2003: Resolución de 20 de enero de 2003.
- Año 2004: Resolución de 9 de marzo de 2004.
- Año 2005: Resolución de 7 de febrero de 2005.
- Año 2006: Resolución de 24 de enero de 2006.
- Año 2007: Resolución de 7 de enero de 2007.
- Año 2008: Resolución de 17 de enero de 2008.